Trastornos alimenticios

Es oficial la Ley de Etiquetado frontal en alimentos

Publicada en el Boletín Oficial, la nueva ley apunta a brindar información sobre componentes como azúcares, sodio y grasas saturadas con el objetivo de prevenir «la malnutrición de la población».

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Publicado en el Boletín Oficial la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos busca brindar información a los consumidores sobre aquellos componentes que traen los alimentos como azúcares, sodio y grasas saturadas con el objetivo de prevenir «la malnutrición de la población».

La medida traerá cambios no solo en los productos, sino también en el packaging y la publicidad. Estos son los puntos principales:

  • Advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.
  • Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
  • Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.       
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como «Exceso en azúcares», «Exceso en sodio», «Exceso en grasas saturadas», «Exceso en grasas totales», y/o «Exceso en calorías».
  • En caso de contener edulcorantes, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as».
  • En caso de contener cafeína, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: «Contiene cafeína. Evitar en niños/as».
  • El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
  • El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
  • No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
  • Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
    Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
  • Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
  • Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.
  • Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
  • Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
  • Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito.
  • El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
  • El Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.
  • Se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.

Fuente Ámbito

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Política y Economía

No le dejan sacar bitcoin a los usuarios en una plataforma

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Celsius Network, una de las principales referentes, anunció este lunes que pausa las extracciones por “las condiciones extremas del mercado”. Problemas en Binance.

Celsius Network, uno de los principales prestamistas de criptomonedas, anunció durante el domingo que está pausando todos los retiros intercambios y transferencias entre cuentas debido «a las condiciones extremas del mercado».

“Estamos tomando esta medida necesaria en beneficio de toda nuestra comunidad para estabilizar la liquidez y las operaciones mientras tomamos medidas para preservar y proteger los activos”, dijo la compañía en un comunicado publicado en su blog oficial.

Binance, una de las plataformas de intercambio líderes y que opera en Argentina —donde incluso es el main sponsor de la Liga Profesional de Fútbol— anunció este lunes que pausa todos los retiros de Bitcoin.

«Binance ha pausado temporalmente los retiros a través de la red #Bitcoin solamente. Se pueden realizar retiros de todas las monedas en otras redes sin problema», explicaron a través de Twitter. Según explican, «ha sido a causa de una transacción atascada en la cadena» y debería resolverse durante la mañana del lunes.

Celsius, por otro lado, no brindó precisiones sobre cuándo retomaría el servicio. Se trata de una firma prestamista que administra cerca de $11.800 millones en activos. Según su sitio web, ofrece retornos anuales de hasta un 18 por ciento en depósitos de criptomonedas, una oferta con la que reunió una cartera de casi 1,7 millones de usuarios.

“Hay mucho trabajo por delante mientras consideramos varias opciones, este proceso llevará tiempo y puede haber demoras”, dijeron en el blog.

Desplome de criptomonedas

La empresa se vio seriamente afectada por las últimas semanas del mercado de las criptomonedas, donde la mayoría de los activos sufrieron desplomes entre fuertes y brutales. La mayor inflación en Estados Unidos y la suba de tasas, que suele castigar a los activos considerados de «mayor riesgo», fue uno de los factores en la caída.

Luna Terra, una criptomoneda que buscaba ser considerada una stablecoin —criptos de mayor estabilidad— cayó estrepitosamente hace unas semanas. Arrastró a otras, tales como ethereum. Bitcoin, la principal referencia en la materia, también sufrió el golpe.

En las últimas 24 horas, bitcoin cayó un 6,3 % a $25 756 a las 00:10 horas del lunes, mientras que ethereum perdió un 6,4 % a $1373, según datos de CoinDesk. El anuncio de Celsius solo trajo aún más pavor, recortando la cotización de bitcoin por debajo de los 23 mil dólares.

La capitalización del mercado criptográfico mundial disminuyó un 6,7 % el día anterior a 1,03 billones de dólares, según datos de CoinMarketCap citados por el diario Wall Street Journal. 

El analista Sergio Ávila aseguró a la agencia EFE que la inflación en EE.UU «hace que el mercado descuente subidas más agresivas de los tipos de interés de los bancos centrales y presiona a la Reserva Federal estadounidense (Fed) para incrementar más sus tasas».

«Las subidas de tipos de interés afectan negativamente a la tecnología, a todos los sectores que tienen que ver con el crecimiento y, por supuesto, a las criptomonedas, que se ven condicionadas de la misma manera», apunta Ávila.

Desde la última subida de los tipos de interés anunciada por la Fed, el pasado 4 de mayo, el bitcoin ha perdido un 40,64 % de su valor. En su pico histórico, que fue apenas hace unos meses en noviembre de 2021, la criptodivisa cotizaba a 64 mil dólares por unidad.

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Política y Economía

Argentina se encuentra entre los países reprobados por lavar dinero con criptomonedas

El informe presentado por el Departamento de Estado de los EEUU, asegura que los argentinos adoptaron la moneda tempranamente con el fin de evadir impuestos

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Estados Unidos, a través del Departamento de Estado, presentó una evaluación global de países que, a su juicio, no cuentan con leyes rigurosas y ni autoridades que persiguen con determinación el lavado de dinero mediante el uso de bitcoin (BTC) y otras criptomonedas en 2021.

Entre los países que destacan en la lista, hay seis ubicados en Latinoamérica que son: Argentina, Colombia, El Salvador, México, Perú y Venezuela, mientras que en Europa resalta España. Veamos a continuación lo que dice el informe respecto a ellos.

En nuestro país

Según el documento, el gobierno de Argentina «no prohíbe ni regula fuertemente» los activos digitales o criptomonedas como bitcoin (BTC).

Señalan que las regulaciones existentes en su mayoría se relacionan con la información y los regímenes fiscales. «En mayo de 2021, el Banco Central de Argentina y la Comisión de Valores emitió una declaración conjunta advirtiendo sobre los riesgos de las monedas virtuales».

Indica Estados Unidos que la población argentina adoptó las criptomonedas de manera temprana con el objetivo de evadir impuestos y cada vez más se involucran en su uso.

Actividades ilegales se realizan más con fíat que con bitcoin

Aunque en la opinión pública se ha instaurado la creencia de que bitcoin y otras criptomonedas son más utilizadas para el lavado de dinero, un estudio de la firma de análisis de blockchains, Chainalysis, publicado en enero y reseñado por CriptoNoticias, echa por tierra esa teoría.

De acuerdo con el reporte, se han llegado a lavar más de USD 33.000 millones en criptomonedas desde el año 2017, una cifra pequeña en comparación con datos generalizados sobre el lavado de dinero con fíat.

De acuerdo con cifras de la ONU, se lavan entre USD 800.000 millones y USD 2 billones anualmente con dinero fiduciario, como dólares o euros. Esto representa alrededor del 5% del PIB mundial, dice Chainalysis.

El organismo también estimó que el lavado de dinero representó apenas el 0,05% de todo el volumen de transacciones hechas con criptomonedas durante el año 2021.

Fuente: Criptonoticias 

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Política y Economía

La AFIP embargará billeteras virtuales a los morosos

La AFIP ya identificó a más de mil morosos y pretende asegurarse el cobro de $ 24.000 millones.

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La economía del mundo está cambiando y en nuestro país no estamos ajeno al auge de las billeteras virtuales. La incorporación de los nuevos jugadores al sistema financiero es un negocio que aún está lejos de tener techo, y que implica un cambio cultural y de hábitos a la hora de realizar pagos y mover el dinero,. Ahora el Estados también anunció que empieza a jugar este partido. Es decir, quiere ejercer ciertos controles y además, pretende cobrar varios millones que los contribuyentes adeudan.

El último de los controles lo acaba de imponer la AFIP. Así lo publico el Cronista al anunciar que el organismo encargado de recaudar los impuestos incorporó a las billeteras virtuales al listado de sobre los cuales se puedan trabar embargos para cobrar deudas acumuladas por contribuyentes morosos.

En el día a día, la decisión amplía la capacidad del organismo para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El organismo definió el procedimiento que seguirán sus funcionarios al momento de solicitar a la justicia un embargo sobre ese tipo de activos.

Hasta ahora los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP requiere a la justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.

Según fuentes oficiales, para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos la AFIP se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes. 

La normativa de la AFIP no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos.

Con esa lógica, la AFIP ya identificó un universo de 9800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales. El organismo pretende asegurar así el cobro de unos $ 24.000 millones en impuestos adeudados por estos contribuyentes.

Por la pandemia del coronavirus, las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses. Pero ahora el Estado vuelve a la carga y el movimiento de dinero vía las billeteras virtuales pasó a ser uno de los objetivos.

Al mismo tiempo la idea de recaudar más no será mal vista por el Fondo Monetario Internacional (FMI), el mismo organismo que pide que la Argentina baje el déficit de alguna manera, y que dada la situación de la economía, no parece ser una buena idea la creación de nuevos impuestos.

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