Un fallo de la Corte Suprema dice que los jubilados no deben pagar Ganancias

El máximo tribunal dejó vigente el fallo de segunda instancia que favoreció el reclamo de que el haber jubilatorio no tiene que ser objeto del impuesto a los ingresos. La decisión de la Corte abarca a todos aquellos que realizaron un reclamo similar

Sociedad04 de marzo de 2023 Redacción Sociedad

El máximo tribunal dejó vigente el fallo de segunda instancia que favoreció el reclamo de que el haber jubilatorio no tiene que ser objeto del impuesto a los ingresos.

La decisión de la Corte abarca a todos aquellos que realizaron un reclamo similar al caso Calderón que se había presentado a la Justicia para que señale a la Anses que los haberes no debían ser objeto de este tributo.

Por esa razón el fallo no es automático para el resto de los jubilados ni tiene aplicación vía AFIP o Anses para los haberes hoy alcanzados por Ganancias aunque abre la puerta para que, en base a este fallo, los jubilados pueden conseguir mediante una acción declarativa y por la vía cautelar, ganar la suspensión del cobro de Ganancias en unos meses para que la AFIP deje de descontar el impuesto”.

En una sentencia firmada por los cuatro ministros, Carlos RosenkrantzHoracio Rosatti, Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema dejó firme “la exención del impuesto ordenada por la alzada pues la retención que pretende hacer la Anses (sobre el retroactivo del reajuste) se basa en una norma que se declaró inconstitucional por no haber contemplado factores de vulnerabilidad como la avanzada edad para diferencias ciertos jubilados de otros”,

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