El resultado electoral en Pinamar otra vez sobre el tapete

Ahora la Justicia Electoral Nacional hizo lugar a la apertura de 15 urnas. La Cámara Nacional Electoral decidió escuchar los reclamos de UxP y ordenó reabrir 14 urnas en el Partido de Pinamar. Lo que sucede es que la diferencia entre los votos obte

Política y Economía24 de noviembre de 2023 Redacción Periodistas

Ahora la Justicia Electoral Nacional hizo lugar a la apertura de 15 urnas.

La Cámara Nacional Electoral decidió escuchar los reclamos de UxP y ordenó reabrir 14 urnas en el  Partido de Pinamar.

Lo que sucede es que la diferencia entre los votos obtenidos por Ibarguren del PRO y Estanga de UxP es realmente exigua. Al punto que se convirtió en la elección más controvertida del país.

La Justicia, atento a que la poca diferencia “determina que se encuentre en juego la atribución del cargo ejecutivo de la localidad de Pinamar” revoca “la decisión tomada oportunamente por  sin par bonaerense y hace saber que “ la Junta Electoral Nacional de Buenos Aires deberá proceder a la apertura de urnas y recuento de votos -de conformidad con lo previsto por el artículo 118 del Código Electoral Nacional- en las mesas N° 1, 5, 11, 13, 17, 18, 30, 32,45, 53, 57, 62, 72, 75 y 88 -todas de la sección Pinamar- que fueran solicitadas por los recurrentes» consigna el fallo.

Dos de los tres camaristas a nivel nacional, Santiago Corcuera y Daniel Bejas habilitaron el pedido de reapertura de urnas mientas que Alberto Dalla votó en disidencia y ratificó lo actuado en primera instancia. De esta manera, la Justicia hizo lugar al pedido del candidato Estanga presentado por el apoderado Ulises Giménez.

El problema para la reapertura es el argumento del reclamo que sostiene que las 15 mesas en cuestión «rompen con la tendencia del voto, ya que habría diferencias con mesas vecinas”, lo que no se basa en errores concretos sino en supuestos.

No obstante, los camaristas  estimaron que de la documentación agregada a la causa surgen diferencias sustanciales en los resultados de esas mesas respecto del resto de la sección a la que pertenecen –que cuenta con los cuatro circuitos mencionados-, circunstancia que autoriza a contemplar la posible existencia de errores en la documentación».

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